Jueves 19 de Junio de 2025
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El Fondo Vitivinícola Mendoza ha informado este jueves, 19 de junio, sobre la reglamentación vigente, los formularios y el cronograma para las próximas presentaciones obligatorias del sector. El organismo ha recordado a los establecimientos la importancia de actualizar sus datos de contacto al presentar las declaraciones juradas, con el fin de facilitar la comunicación durante la cosecha actual.
La Declaración Jurada de Elaboración tiene como fecha límite el 15 de julio, mientras que las rectificativas podrán presentarse hasta el 30 de julio. Este trámite se realiza de forma virtual ante la Dirección de Fiscalización y Control, ubicada en Boulogne Sur Mer 3050, Ciudad de Mendoza. Los productores deben adjuntar la declaración jurada correspondiente, el formulario CEC 05 presentado ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), la constancia de inscripción ante la AFIP y certificados por daños climáticos si corresponde. En caso de daños por peronóspora o botritis, se exige además un certificado de producción de los viñedos afectados por los últimos once años y documentación adicional si se trata de viñedos de terceros.
La solicitud para la Compensación por Exportaciones vence el 18 de junio y debe enviarse por correo electrónico al Fondo Vitivinícola Mendoza. Los interesados deben presentar una nota formal, copia de la declaración jurada de elaboración, declaración jurada original de exportaciones firmada y sellada, certificaciones del INV sobre volúmenes exportados e importados en el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre del año anterior. El beneficio establece que un litro de vino fraccionado exportado equivale a un litro y medio de producción diversificada, mientras que un litro exportado a granel equivale a un litro diversificado. Quedan excluidos aquellos establecimientos exentos del pago obligatorio o beneficiarios de otros mecanismos compensatorios.
En cuanto a la Compensación por Derivados Vínicos y/o Vinagre, los establecimientos que no hayan cumplido con la pauta diversificadora pueden solicitarla por correo electrónico o mediante la oficina virtual. Deben acreditar el pago regularizado de la contribución obligatoria y presentar antes del 15 de julio una propuesta para bloquear los volúmenes destinados a alcohol vínico o vinagre. El bloqueo sirve como garantía para cumplir con el plan de destilación propuesto, que debe ejecutarse en un plazo máximo de 90 días.
La diversificación vitícola por pasas y uva en fresco también puede solicitarse hasta el 15 de julio. Un kilogramo de uva en fresco equivale a uno diversificado, mientras que un kilogramo destinado a pasas puede equivaler hasta cinco kilogramos diversificados. Se requiere presentar la declaración jurada correspondiente, certificación del INV sobre el origen y cantidad destinada a cada uso y factura o certificado avalado por contador público o bolsa de comercio.
Para quienes opten por diversificar mediante jugo de uva para consumo en fresco, producción de vinagre, otras bebidas o vinos de baja graduación alcohólica (menos de ocho grados), se mantiene la equivalencia ya mencionada para alcohol vínico y vinagre. Es necesario tener regularizada la contribución obligatoria y presentar antes del 15 de julio una propuesta detallando los volúmenes a bloquear como garantía.
La reconversión varietal también figura entre las opciones disponibles. Los titulares o terceros elaboradores pueden solicitar este beneficio presentando la declaración jurada correspondiente e información sobre los viñedos reconvertidos. El INV debe certificar las hectáreas reconvertidas, variedades implantadas o injertadas, fecha inicial y producción histórica. El beneficio permite hasta diez mil litros de mosto sulfitado por hectárea reconvertida durante un máximo de tres años desde el inicio certificado.
El mecanismo para exportaciones futuras incentiva a los establecimientos que inmovilicen vinos aptos para consumo destinados a operaciones internacionales hasta el 31 de marzo del año siguiente. La propuesta debe presentarse antes del 18 de junio e incluir documentación formal como copia del anexo CEC 05 del INV y acreditación legal del solicitante. Si no se concreta la exportación comprometida antes del plazo fijado, se procederá a desnaturalizar los volúmenes bloqueados según lo autoriza expresamente el solicitante.
El Fondo Vitivinícola Mendoza ha recordado que los establecimientos ubicados en San Juan y Mendoza deberán diversificar al menos el veintitrés por ciento del total ingresado a bodega durante esta temporada. Además, se ha fijado una contribución obligatoria para todos los inscriptos en el INV: doscientos cincuenta pesos por cada quintal vinificado desde esta vendimia.
Toda la documentación debe enviarse por correo electrónico o mediante la oficina virtual habilitada para tal fin. El sistema digital permite registrar usuarios nuevos y subir documentos siguiendo instrucciones claras publicadas en su web oficial. Para facilitar cálculos relacionados con la cosecha actual, ya está disponible un simulador online accesible desde https://fondovitivinicola.com.ar/simular/. Ante cualquier duda, los interesados pueden contactar al Fondo Vitivinícola Mendoza mediante las direcciones electrónicas facilitadas en su comunicado oficial.
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