El Gobierno de España cambia la normativa del azúcar para los vinos de licor

España ajusta sus vinos de licor a los gustos del consumidor

Martes 12 de Marzo de 2024

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Este martes, 12 de marzo, ha sido aprobado por el Consejo de Ministros, a instancias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un cambio normativo que marca un nuevo capítulo en la historia del etiquetado y la clasificación de los vinos de licor en España. La modificación del real decreto que afecta al uso de las menciones facultativas "dry" y "pale dry" en los vinos de licor, con Denominación de Origen Protegida (DOP), supone un ajuste significativo en cómo se presentan estos vinos al consumidor y, potencialmente, cómo se perciben en el mercado tanto nacional como internacional.

Hasta la fecha, la mención "dry" se reservaba para aquellos vinos de licor con DOP que no superaban los 45 gramos de azúcar por litro. Paralelamente, "pale dry" seguía una normativa idéntica en términos de contenido azucarado. Estos límites no solo definían las características organolépticas de los vinos bajo estas etiquetas sino que también marcaban un estándar reconocido para productores y consumidores por igual.

Sin embargo, el panorama cambia con la eliminación de la denominación "dry" y la revisión al alza del límite de azúcares para los vinos etiquetados como "pale dry", que ahora pueden contener hasta 50 gramos de azúcar por litro. Este ajuste responde directamente a las demandas de los consejos reguladores de las denominaciones de origen andaluzas, reflejando tanto un deseo de flexibilizar las regulaciones para abarcar una mayor variedad de vinos de licor como una adaptación a las tendencias actuales del mercado y las preferencias de los consumidores.

La eliminación de la mención "dry" se interpreta como un reconocimiento a la realidad actual del mercado, donde la preferencia por esta categoría ha disminuido notablemente. La apertura que esto representa para el uso del término en relación con otros vinos secos, conforme a la normativa de la Unión Europea o posibles regulaciones autonómicas futuras, sugiere un desbloqueo en la clasificación de vinos, permitiendo una mayor flexibilidad y adaptación a las tendencias del mercado.

Por otro lado, la ampliación del margen de contenido en azúcares para los vinos "pale dry" refleja una adaptación a las necesidades de producción y las expectativas de los consumidores. Esta modificación permite a los productores de vinos de licor con DOP explorar y expandir sus gamas de productos, ofreciendo vinos que, aunque ligeramente más dulces, mantienen la calidad y las características que los consumidores esperan de las DOP andaluzas. Esta flexibilidad en la producción responde a la necesidad de ajustar los productos a los gustos del mercado, sin sacrificar los estándares de calidad que definen a los vinos con DOP.

Este cambio normativo no solo afecta a los productores y a los aspectos técnicos de la elaboración de vinos, sino que también tiene un impacto significativo en la percepción de los consumidores. La claridad en el etiquetado y la adaptación a las preferencias de los consumidores son fundamentales para mantener y aumentar la competitividad de los vinos españoles en el mercado global. La capacidad de adaptarse a las tendencias del mercado, sin perder la esencia y la calidad que caracterizan a los vinos de licor con DOP, es clave en un sector tan dinámico como el vinícola.

Este ajuste en las regulaciones refleja una tendencia más amplia en la industria vinícola hacia una mayor flexibilidad y adaptación a las demandas del mercado. La modificación de estas menciones facultativas es un ejemplo de cómo el sector vitivinícola español continúa evolucionando, buscando el equilibrio entre la tradición y la innovación. A medida que el mercado del vino se vuelve más globalizado y competitivo, la capacidad de adaptarse a las nuevas tendencias y preferencias de los consumidores se vuelve cada vez más importante.

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