Madrid
Viernes 07 de Septiembre de 2012
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Esta línea se incluye en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para paliar los daños derivados por los incendios forestales ocurridos en varias Comunidades Autónomas, aprobado hoy por el Consejo de Ministros.
En las referencias del citado Consejo, se señala que dado que el incendio y el pedrisco están amparados por la práctica totalidad de las líneas de seguro agrario, "se espera que su incidencia sea limitada".
Asimismo, habrá reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias, a través de la minoración de los índices de rendimiento neto (módulos) del método de estimación objetiva del IRPF.
El Real Decreto Ley recoge también la concesión de ayudas de hasta 8.000 euros a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios o de servicios afectados por los incendios.
El Gobierno ha informado de que, además, se realizarán actuaciones de repoblación, regeneración y restauración forestal de los terrenos incendiados.
Estas medidas estarán coordinadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y condicionada a la financiación del 50 por 100 de su coste por la Comunidad Autónoma correspondiente.
El Gobierno ha precisado que las actuaciones de restauración forestal y medioambiental se financiarán con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria, a los créditos que habilite el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o mediante consignación en los Presupuestos Generales del Estado.
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