Jueves 22 de Mayo de 2025
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El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) publicó una nueva resolución que fija los grados alcohólicos mínimos para los vinos de la Cosecha 2025 y para los remanentes de cosechas anteriores que se liberen al consumo a partir del 1 de junio. La medida, oficializada mediante la Resolución RESOL-2025-14-APN-INV#MEC, establece parámetros técnicos que servirán para las tareas de control y fiscalización en el mercado interno. La norma diferencia los valores según el tipo de vino y la provincia de origen, centrándose en las regiones productoras de Mendoza y San Juan.
La resolución lleva la firma del presidente del INV, Carlos Raúl Tizio Mayer. Según el texto, los vinos elaborados en 2025 y los remanentes que se liberen al consumo a partir del 1 de junio deberán cumplir con los siguientes grados alcohólicos reales mínimos: en San Juan, los vinos blancos y rosados deberán tener al menos 12,7 %v/v, mientras que los tintos deberán alcanzar un mínimo de 12,6 %v/v. Estos valores se definieron tras analizar la materia prima ingresada a los establecimientos durante la vendimia, proceso supervisado por inspectores del organismo. El INV explicó que la vendimia ya ha finalizado para los fines de esta medida, ya que el ingreso de uvas es prácticamente nulo en este momento.
La resolución también contempla excepciones para los vinos certificados como varietales. En estos casos, las bodegas no están obligadas a cumplir con el grado mínimo definido para el resto de los vinos. Para acceder a esta excepción, los productores deben presentar antecedentes de elaboración y cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución RESOL-2024-57-APN-INV#MEC. Esta medida reconoce las particularidades propias de los vinos varietales y mantiene su certificación diferenciada dentro del sistema regulatorio del INV.
Además, la norma permite a las bodegas solicitar anticipadamente los Análisis de Libre Circulación. Esto les da la posibilidad de fraccionar y acondicionar sus productos antes del 1 de junio, lo que facilita la planificación logística y agiliza el proceso de liberación al mercado. Los análisis realizados sobre vinos correspondientes a 2024 y años anteriores, excluyendo los varietales, perderán validez automáticamente a los 30 días desde la entrada en vigor de los nuevos valores, salvo que cumplan con los grados alcohólicos establecidos en el Artículo 1°.
El INV explicó que estas disposiciones buscan asegurar la calidad del vino disponible en el mercado interno y optimizar la circulación del stock almacenado en las bodegas. De este modo, se pretende garantizar una transición ordenada hacia los productos elaborados con uvas de la nueva cosecha. La resolución responde a la necesidad de mantener estándares técnicos claros para todos los actores del sector vitivinícola y facilitar el trabajo tanto de productores como de organismos fiscalizadores.
La decisión afecta principalmente a las provincias de Mendoza y San Juan, donde se concentra gran parte de la producción vitivinícola argentina. El establecimiento de grados alcohólicos mínimos responde a criterios técnicos basados en el análisis anual realizado por el INV sobre la materia prima utilizada en cada vendimia. El organismo señaló que esta práctica es habitual y forma parte del sistema regulatorio vigente para ordenar y facilitar las tareas de control sobre el producto final que llega al consumidor.
El sector vitivinícola deberá adaptarse a estos nuevos parámetros técnicos para poder comercializar sus productos en el mercado interno a partir del próximo mes. Las bodegas cuentan con un plazo limitado para adecuar sus procesos y cumplir con las exigencias establecidas por el INV. La excepción prevista para vinos varietales ofrece cierta flexibilidad a quienes producen este tipo específico de vino, siempre bajo condiciones reguladas y sujetas a verificación documental.
Con esta resolución, el INV refuerza su papel como organismo encargado de regular y controlar la calidad del vino argentino destinado al consumo interno. La medida busca equilibrar las necesidades logísticas del sector con la obligación de mantener estándares técnicos uniformes para todos los productos puestos a disposición del público.
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