La construcción de aeronaves perjudicó al sector del vino en España ( I )

Primera parte El origen se remonta al año 2004, cuando Estados Unidos (EE.UU.) solicitó a la Organización Mundial de Comercio (OMC)...

Sábado 16 de Enero de 2021

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Primera parte

El origen se remonta al año 2004, cuando Estados Unidos (EE.UU.) solicitó a la Organización Mundial de Comercio (OMC) si existía un trato de favor hacia el consorcio europeo del AIRBUS. El argumento y motivo de EE.UU. era porque ello podría significar una situación de desventaja para otros competidores como el gigante norteamericano fabricante de aviones BOEING.

La OMC dio sustancialmente la razón a EE.UU. y consideró que la Unión Europea (UE) y, singularmente, cuatro de sus países -Alemania, Francia, España y Reino Unido- no han acatado sus decisiones y no han actuado contra algunas de sus prácticas que fueron consideradas subvenciones ilícitas al consorcio europeo fabricante del AIRBUS.

Después de 15 años de conflictos en informes y apelaciones internacionales, en el año 2010 se emitió un informe por la OMC que parecía definitivo, en el que se daban por contrastadas algunas irregularidades en las subvenciones concedidas por algunos países de la UE antes citados al consorcio AIRBUS. La UE apeló, pero la OMC ratificó en su integridad el informe-resolución de 2010, y al considerar EE.UU. que no se cumplía la resolución, EE.UU. solicitó un arbitraje internacional. Finalmente, tras un largo proceso de nuevas demandas cruzadas, pruebas y apelaciones, el 15 de mayo de 2019 el órgano de Apelación de la OMC, en su resolución de 300 páginas, concluyó que la Unión Europea y algunos de sus Estados miembros, principalmente los 4 precitados, no han aplicado la resolución y recomendaciones de la Organización Mundial de Comercio, dando en su mayor parte la razón a EE.UU.

En síntesis, y aún no dando por comprobadas todas las acusaciones sobre el daño que asegura EE.UU. haber recibido, si constató que se facilitó a AIRBUS financiación a tasas y precios inferiores a las de mercado para lanzar los modelos Airbus A-380 y Airbus A-350. Además, la OMC señalaba que la Unión Europea "no ha demostrado que la supuesta privatización parcial de Aérospatiale en 1999, las transacciones conducentes a la creación de EADS (European Aeronautic Defence and Space, actual Airbus) en el año 2000 y la enajenación de BAE Systems (firma británica nacida de la integración de British Aerospace y Marconi Electronic System, una de las tres mayores compañías de defensa del mundo que cuenta con operaciones en los cinco continentes), en una participación del 20 % en el capital de AIRBUS SAS fueran eventos intermedios que dieran lugar a la extinción del beneficio de todas las subvenciones en litigio.

La compañía estadounidense BOEING informó que, como contrapartida, EE.UU. puede aplicar aranceles millonarios a la importación de aviones europeos, salvo que AIRBUS deje de recibir las subvenciones ilegales recibidas por parte de algunos gobiernos de países de la UE para sus modelos de aviones más recientes. A estos efectos, se podrían autorizar la imposición de nuevos aranceles por parte de EE.UU. hasta un importe equivalente al daño anual causado por esta práctica que, a juicio de BOEING, distorsiona el mercado, pudiendo aplicarse estos aranceles por EE.UU. desde el mismo año 2019.

En efecto, la resolución adoptada por la Organización Mundial de Comercio sobre el litigio, facultaba a EE.UU. a solicitar una autorización para imponer contramedidas hasta un valor de 7.500 millones de dólares anuales como respuesta a las subvenciones de la UE a AIRBUS.

 

Un artículo de Alfredo Gómez Pascual
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