DOP e IGP, ¿cuáles son sus diferencias?

Existen varias diferencias entre las protecciones de los vinos españoles. Jurídicamente, el Reglamento establece los regímenes de calidad de los...

Viernes 29 de Enero de 2021

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Existen varias diferencias entre las protecciones de los vinos españoles. Jurídicamente, el Reglamento establece los regímenes de calidad de los vinos y diferencia únicamente dos grandes tipos de protección: la Denominación de Origen Protegida (DOP) y la Indicación Geográfica Protegida (IGP). Es interesante entender sus diferencias, que vienen dadas por las particularidades y peculiaridades del origen de los vinos.

El régimen de protección más alto lo tienen las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y un vino con DOP significa que es originario de un lugar determinado con unas características y calidad de esa área geográfica y con una elaboración realizada en exclusiva en ese territorio. Dentro de esta diferenciación, podemos clasificar los vinos por Denominaciones de Origen, Denominaciones de origen Calificadas, Vinos de Calidad con Indicación Geográfica y Vinos de Pago.

En cuanto a las diferencias entre sí tienen que ver con los criterios de calidad y no con su régimen de protección. De esta manera, un Vino de Pago tiene jurídicamente la misma calificación que uno con Denominación de Origen, aunque los requisitos para acceder al uso del término Vino de Pago son mucho más restrictivos.

Por otra parte, la Indicación Geográfica Protegida (IGP) también identifica a un producto originario de una zona, con una cualidad o característica que se pueda atribuir a la zona y donde no es preciso que la elaboración deba realizarse en su totalidad en ese ámbito geográfico. Sí es necesario nombrar una de esas zonas, y esos son los que conocemos como Vinos de la Tierra.

En el siguiente resumen se pueden distinguir de un vistazo las características de cada una de las protecciones y las diferencias entre ellas:

VINOS con DOP: Denominación de Origen Protegida

  • Su calidad y características son exclusivas de su origen geográfico, con sus factores humanos y culturales inherentes.
  • 100% de las uvas proceden exclusivamente de la zona geográfica de producción.
  • Su elaboración tiene lugar dentro de la zona geográfica.
  • Se obtiene de variedades vínicas pertenecientes a Vitis vinífera.

Vinos de Pago
Un Vino de Pago es un tipo de Denominación de Origen Protegida que garantiza la procedencia de las uvas y el vino de un pago (paraje o sitio rural) determinado con unas características edáficas (del suelo, de las plantas) específicas. Es decir, cuando en una finca o terreno concreto existe un microclima particular y una composición del terreno específica que la diferencian y distinguen de otras zonas de su entorno.

VINOS con IGP: Indicación Geográfica Protegida

  • Posee una calidad, reputación, así como otras características específicas que son atribuibles a su origen geográfico.
  • Al menos el 85% de las uvas procede exclusivamente de la zona geográfica.
  • Su elaboración tiene lugar en el área geográfica.
  • Se obtiene de variedades vínicas pertenecientes a Vitis vinífera y otras especies del género Vitis.
Un artículo de Francisco Fernández
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