Madrid
Viernes 08 de Febrero de 2013
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Así lo ha explicado el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, hoy a los periodistas al finalizar el Consejo de Ministros en el que se ha aprobado dicho Proyecto.
El régimen sancionador establece multas de hasta 3.000 euros en el caso de infracciones leves; de entre 3.001 y 100.000 euros, en el caso de que sean graves, y de entre 101.000 y un millón de euros si se trata de infracciones muy graves.
La imposición de las multas corresponderá director general de Industria Alimentaria si las sanciones no superan los 100.000 euros; al secretario general de Agricultura y Alimentación, si se trata de importes entre 100.000 y 300.000 euros; al ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, si es entre 300.000 y 600.000 euros y al Consejo de Ministros cuando supere los 600.000 euros.
La potestad sancionadora corresponderá a la Administración General del Estado cuando las partes tengan sus respectivas sedes sociales principales en diferentes comunidades autónomas, o el contrato afecte a un ámbito superior al de una Comunidad Autónoma.
En el resto de supuestos, la potestad sancionadora recaerá en las Comunidades Autónomas.
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