Martes 08 de Septiembre de 2026
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La Unión Europea publicó este lunes, 7 de septiembre, una corrección del Reglamento (UE) 2023/915 de la Comisión, la norma que fija los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos y que sustituyó al Reglamento (CE) 1881/2006. La rectificación afecta a la redacción de una categoría de bebidas incluida en la tabla del texto.
La modificación apareció en el Diario Oficial de la Unión Europea con la referencia 2026/90742. El reglamento corregido fue adoptado el 25 de abril de 2023 y se publicó el 5 de mayo de 2023.
La corrección sustituye la expresión “bebidas espirituosas, vino de manzana y otras bebidas fermentadas obtenidas a partir de manzanas o que contengan zumo de manzana” por “bebidas espirituosas, sidra y otras bebidas fermentadas obtenidas a partir de manzanas o que contengan zumo de manzana”. El cambio, por tanto, no introduce una nueva familia de productos, pero sí ajusta la denominación usada en esa categoría.
Ese tipo de rectificaciones tiene valor práctico porque los límites máximos de contaminantes se aplican por categorías concretas de alimentos y bebidas. Cuando la descripción de un producto se corrige, cambia la forma en la que operadores, laboratorios y autoridades pueden interpretar el encaje de una bebida dentro de la norma. En un ámbito en el que los controles oficiales, las analíticas y la documentación técnica dependen de una clasificación precisa, una palabra puede tener efectos en el cumplimiento.
Para el sector de las bebidas, la corrección puede ser relevante en varios planos. Afecta de forma directa a bebidas espirituosas, sidra y otras fermentadas de manzana, pero también interesa al resto de operadores porque la tabla del reglamento sirve de referencia para controles internos, expedientes regulatorios y verificaciones en el mercado único. En actividades como la elaboración, la importación o la distribución, una denominación mal ajustada puede abrir dudas sobre qué categoría corresponde a cada producto y qué límites deben aplicarse.
El Reglamento (UE) 2023/915 es una pieza básica en la política alimentaria de la UE sobre contaminantes. Su función es fijar los niveles máximos permitidos de determinadas sustancias en los alimentos comercializados en la Unión. Esos topes sirven de base para la vigilancia oficial y para las obligaciones de las empresas alimentarias. Por eso, aunque la corrección conocida sea terminológica, su alcance va más allá de una cuestión formal.
En la práctica, una rectificación de este tipo puede obligar a revisar fichas técnicas, bases de datos internas y referencias usadas en auditorías o autocontroles, sobre todo cuando una empresa trabaja con varias categorías de bebidas fermentadas. También puede influir en la manera en la que se preparan los expedientes de cumplimiento ante clientes y autoridades, en especial cuando hay productos con denominaciones próximas entre sí.
La publicación de este lunes, 7 de septiembre, no altera el hecho de que el reglamento de 2023 siga siendo la norma de referencia de la UE en esta materia. Lo que hace es corregir la formulación de una de sus entradas para que la categoría afectada quede identificada como “sidra” en lugar de “vino de manzana”, una precisión que puede reducir dudas en la aplicación de la norma dentro del sector alimentario y de bebidas.
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