Carlos Lamoca Pérez
Martes 26 de Marzo de 2024
Leído › 3011 veces
El sistema fiscal-foral de que disfrutaban los territorios de Navarra y las actuales provincias vascas, con anterioridad a 1939, fue suprimido por Franco aunque solamente para las provincias que, el régimen, calificó de "provincias traidoras" (Vizcaya y Guipúzcoa). Con el advenimiento de la democracia, pensaron los redactores de la Constitución de 1978 que era hora de restituir aquellos regímenes fiscales-forales para todo el País Vasco, con el fin de conseguir que los partidos nacionalistas se sintieran "cómodos" dentro de una Constitución que, por otro lado nunca aceptaron.
Nos resistimos a pensar que, en aquel momento, no se hablara de eliminar un régimen anacrónico que, semillero escandaloso de privilegios y desigualdades, no podía tener cabida en un sistema tributario moderno. Seguro que tal posibilidad se discutió, pero la ingenuo-generosidad que en aquel momento informaba las negociaciones, prevaleció y el régimen no solo se mantuvo sino que se amplió. Craso error. La historia reciente muestra uno tras otro, día tras día, los atentados que contra el principio de igualdad de los españoles ante la ley, supone seguir manteniendo un privilegio medieval, mirando para otro lado. Ese lado que supone seguir gobernando a toda costa.
El principio fundamental que rige las relaciones entre diferentes soberanías fiscales establece que el tributo corresponde al territorio donde se genera. Se ingrese donde se ingrese. En ese sentido, las deudas tributarias que se ingresen en un territorio supremacista por parte de contribuyentes que operen también en territorio de derecho común, no son suyas. Es preciso echar cuentas y detraer de lo ingresado, las cuotas que corresponden al Estado (territorio de derecho común) para ser abonadas al mismo. Ello obliga a los contribuyentes a distinguir en sus declaraciones la parte de las operaciones que han tenido lugar en territorio supremacista y en territorio de derecho común. Paralelamente, obliga a la administración supremacista a ingresar en la administración de derecho común, lo que los contribuyentes con domicilio fiscal en territorio privilegiado, hayan devengado en el territorio de la raza inferior. ¿Es posible que la raza política superior devuelva lo que ya está en su caja? ¿Es posible que estos persistentes incumplidores de sentencias judiciales firmes, devuelvan lo que consideran que "Espanya ens roba?
No cabe duda de que las formas que se puedan acordar bilateralmente serán lo suficientemente alhajadas de solidaridad, convivencia, una nueva etapa, para tratar de embaucar conciencias débiles y/o subvencionadas, por lo que es preciso, desbrozar, quitar la cáscara y desenmascarar la realidad del embeleco. Este tipo de sistemas diferenciales pivotan sobre un eje fundamental: La potestad de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos que tienen su domicilio fiscal en el territorio agraciado. Esta potestad de control, ofrece tantas debilidades, tantas quiebras, que no deja de ser una entelequia formal en la que la administración tributaria estatal pasa a ser el convidado de piedra. Veamos algunos ejemplos:
Entonces ¿es preciso rechazar de plano el establecimiento de regímenes territoriales especiales? No cabe duda que, a nivel conceptual, el establecimiento de sistemas tributarios especiales en determinados territorios de un mismo Estado, no deja de ser una opción de política fiscal de la que dispone ese Estado. Ahora bien, para que sea viable y justificada la aplicación de un régimen tributario especial, debe asentarse sobre estos pilares fundamentales:
Vender como se vendió y ahora se pretende vender que entregar la llave de la caja a partidos manifiestamente separatistas, supone pasar página y abrir un marco edénico de convivencia, fue en aquel momento una ingenuidad y hoy una patraña manifiesta, destinada a distraer y embobar a la ciudadanía embarcándola en una aventura destinada al fracaso. Esa caja siempre estará al servicio del hecho diferencial. Siempre estará al servicio de la supremacía de la raza. Y por tanto, siempre estará en contra de un Estado opresor que "ens roba".
En ese camino en el que se ha embarcado el supremacismo, el "molt honorable" ha ido a Madrid a explicar a la raza inferior cuál es el segundo escalón de su diferencial escalera hacia la gloria. Lo ha planteado con claridad: Soberanía fiscal plena. Recaudación y gestión de todos los impuestos que se recaudan en Cataluña, establecimiento de un cupo para pagar los servicios que el Estado presta en el territorio (con tendencia a cero) y fijación de una cuota de mínima solidaridad entre los pueblos ibéricos.
Como dijo Churchill: "Os dieron a elegir entre el deshonor o la guerra, elegisteis el deshonor y tendreis la guerra".
Carlos Lamoca PérezLeído › 3011 veces
Fundada en 2007, Vinetur® es una marca registrada de VGSC S.L. con una larga historia en el sector del vino.
VGSC, S.L. con CIF B70255591 es una entidad inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, Boletín 181, Referencia 356049 en el Tomo 13, Folio 107, Sección 6, Hoja 45028, Inscripción 2
Email: [email protected] | Telf.: +34 986 077 611
Sede y oficinas en Vilagarcía de Arousa