Publicada oficialmente la nueva normativa de etiquetado del vino

EFE

Miércoles 02 de Noviembre de 2011

El B.O.E. publica la nueva normativa de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas

El B.O.E. publica la nueva normativa de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

El Decreto hace referencia a ciertos requisitos que han de cumplir los vinos sin DO o IGP y sus elaboradores

La normativa, recogida en el BOE de ayer, explica que tanto la nueva regulación de la organización común del mercado vitivinícola como sus normas de aplicación, aprobadas mediante reglamentos de la Comisión, inciden de forma especial en una simplificación normativa.

Este nuevo marco, según precisa, hace necesario realizar importantes modificaciones en el Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, por lo que se ha considerado conveniente sustituirlo por otra normativa.

Entre otros puntos, el actual Real Decreto desarrolla la regulación comunitaria en materia de etiquetado y presentación de determinados productos vitivinícolas, a los términos tradicionales, al etiquetado y a la presentación de determinados productos vitivinícolas.

Todo ello incluye la adaptación de las normas sobre el empleo de códigos y la precisión de ciertos requisitos que han de cumplir los vinos sin denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida y los operadores que los elaboran para indicar la variedad de uva de vinificación o el año de cosecha.

También se desarrolla algún aspecto sobre la identificación del contenido de los recipientes para el almacenamiento de determinados productos vitivinícolas.

En la elaboración de esta nueva regulación han sido consultadas las comunidades autónomas y los sectores afectados, y entrará en vigor a los quince días de su publicación en el BOE.

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