¿Es suficiente el seguro ante las recientes heladas sufridas por el sector vitivinícola español?

El impacto de las heladas en el sector vitícola exige que el Gobierno tome cartas en el asunto, contribuyendo a la reposición de los viñedos destruidos

Antonio Viñal

Miércoles 10 de Mayo de 2017

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Dos viticultores observan los desperfectos ocasionados en las cepas de sus viñedos situados en Ribadavia (Ourense). Foto EFE

Las recientes heladas que ha sufrido el sector vitivinícola español, y que con distinta intensidad han afectado a zonas de Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y País Vasco, han traído a la memoria otras ocurridas años atrás, pero también la indefensión en que viticultores y bodegueros se siguen encontrando ante una situación de esta naturaleza.

Es cierto que el Plan de Seguros Agrarios Combinados (cuya trigésima octava edición fue aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 16 de diciembre de 2016) prevé la incidencia de riesgos naturales, incluyendo, entre los asegurables, las heladas. Pero, ¿son suficientes las subvenciones del coste del seguro establecidas a tal efecto?.

La catástrofe, según las noticias y fotos publicadas, es de tal dimensión ( en algunos casos, como en las Denominaciones de Origen de Valdeorras y Monterrei, las heladas han afectado entre el 60% y el 90% de los viñedos) que consejos reguladores y asociaciones empresariales se han apresurado a pedir la declaración de zona catastrófica, faltos de un amparo legal que les permita superar este trance.

A diferencia de lo que sucede, por ejemplo, en Portugal, en España no contamos con una norma que facilite la recuperación del patrimonio vitícola damnificado. Existen, sí, a distintos niveles, ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedos, pero ninguna de ellas contempla medidas que den respuesta a este problema.

En Portugal, por el contrario, la Portaria nº 71/2016, de 5 de abril, reguló la concesión de ayudas, respecto a los daños causados por las heladas entre el 12 y el 15 de febrero de 2016, en el marco de la restructuración y reconversión de viñedos, saliendo asi al paso de una coyuntura excepcional con una medida también excepcional.

Etimológicamente, tal vez no estemos en este caso ante una situación de reestructuración, pero sí de reconversión, una reconversión forzada por las circunstancias, que obligará a algunos viticultores y bodegueros a volver a partir de cero por causas ajenas a su voluntad, lo cual exige que el Gobierno tome cartas en el asunto, contribuyendo a la reposición de los viñedos destruidos.

Antonio Viñal
Socio - Director de Antonio Viñal & Co. Abogados (AVCO)
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