El Tribunal de la UE prohíbe vender bebidas sin alcohol bajo el nombre de gin para evitar confusión al consumidor

Martes 25 de Noviembre de 2025

Las empresas deberán buscar nuevas denominaciones para alternativas sin alcohol inspiradas en bebidas espirituosas tradicionales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado este martes una sentencia que afecta a la comercialización de bebidas sin alcohol bajo la denominación de gin. Según el fallo, las bebidas que no contienen alcohol no pueden venderse como gin, ya que esta denominación está reservada a una bebida alcohólica concreta. La decisión responde a una consulta realizada por un tribunal alemán, tras la demanda presentada por una asociación alemana dedicada a combatir la competencia desleal contra la empresa PB Vi Goods. Esta empresa comercializaba un producto denominado «Virgin Gin Alkoholfrei» (Virgin Gin sin alcohol).

La asociación argumentó que el uso del término gin para una bebida sin alcohol contraviene la normativa europea. Según esta normativa, el gin debe elaborarse mediante la aromatización de alcohol etílico de origen agrícola con bayas de enebro y debe tener un grado alcohólico volumétrico mínimo del 37,5%. El tribunal alemán decidió trasladar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para aclarar si es posible etiquetar y vender como gin una bebida que no contiene alcohol.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia ha señalado que el Derecho de la Unión prohíbe tanto la presentación como el etiquetado de bebidas sin alcohol como «gin sin alcohol». El motivo principal es que estas bebidas no contienen alcohol y, por tanto, no cumplen los requisitos legales para ser consideradas gin. El tribunal ha subrayado que resulta irrelevante que se añada la indicación «sin alcohol» junto al término gin, ya que esto no modifica el hecho de que la denominación legal está reservada a una bebida espirituosa específica.

El fallo también aclara que esta prohibición no impide la venta del producto en sí, sino únicamente su comercialización bajo el nombre legalmente protegido de gin. El objetivo es evitar cualquier posible confusión entre los consumidores sobre la composición real del producto y proteger a los productores de gin que cumplen con los requisitos establecidos por la normativa europea frente a prácticas comerciales consideradas desleales.

La sentencia llega en un momento en el que otras categorías de bebidas han recibido un trato diferente por parte de las instituciones europeas. Por ejemplo, este mismo mes de noviembre, la Unión Europea ha aprobado que el vino sin alcohol pueda etiquetarse como «vino sin alcohol» o «0,0». Sin embargo, en el caso de los destilados como el gin, las normas son más estrictas debido a las características específicas del producto y su proceso de elaboración.

El Tribunal ha recordado además que la libertad de empresa reconocida en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea no se ve vulnerada por esta prohibición. Según el fallo, limitar el uso del término gin a productos que cumplan con los requisitos legales es una medida proporcionada para proteger tanto a los consumidores como a los productores.

Esta decisión tendrá consecuencias directas para las empresas que comercializan alternativas sin alcohol inspiradas en bebidas espirituosas tradicionales. A partir de ahora, deberán buscar otras denominaciones para sus productos si quieren cumplir con la legislación europea y evitar posibles sanciones o demandas judiciales.

Tendencias