Lunes 19 de Enero de 2026
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El pasado 1 de enero ha entrado en vigor en Francia una reforma que modifica la base de cálculo de las cotizaciones sociales para los viticultores y otros trabajadores agrícolas autónomos. Hasta ahora, existían dos bases diferentes para calcular estas cotizaciones: una base “neta”, utilizada para las cotizaciones que generan derechos (como jubilación, enfermedad-maternidad o invalidez-fallecimiento), y una base “super bruta”, empleada para calcular la CSG y la CRDS, que incluía de nuevo las cotizaciones sociales en el ingreso.
Este sistema generaba diferencias entre asalariados y autónomos agrícolas. Para un mismo nivel de ingresos, los autónomos soportaban una carga mayor, especialmente sobre conceptos que no generaban derechos sociales, y además contaban con una protección social más limitada. A esto se sumaba la complejidad del cálculo, lo que provocaba errores y dificultaba la comprensión para los propios agricultores.
Con la reforma aplicada desde el 1 de enero, la base de cálculo se simplifica. Ahora se toma como referencia el resultado fiscal de los beneficios agrícolas, ajustado por algunas deducciones fiscales que ya no serán admitidas a efectos sociales. Sobre este resultado se aplica una reducción fija del 26 %. Esta reducción tiene un mínimo equivalente a la cotización mínima de jubilación básica (calculada como 450 veces el salario mínimo horario multiplicado por el 17,75 %) y un máximo que no puede superar tres veces el techo anual de la seguridad social.
Se mantienen dos opciones para calcular la base: utilizar la media trienal o, si se prefiere, tomar como referencia el año anterior.
En cuanto a las diferencias según el régimen fiscal, para las empresas sujetas al impuesto sobre la renta (IR), algunos mecanismos fiscales dejarán de ser tenidos en cuenta para calcular las cotizaciones sociales. Es el caso del bloqueo de existencias de rotación lenta, del anticipo social, de la reducción para jóvenes agricultores y de los dispositivos DPA/DPI aún vigentes en algunas explotaciones. Estos mecanismos seguirán siendo deducibles fiscalmente, pero ya no lo serán a efectos sociales. Por tanto, la base sobre la que se calculan las cotizaciones puede ser superior al ingreso fiscal declarado. Además, a partir de ahora solo será necesario presentar un único formulario tanto para Hacienda como para la MSA (Mutualité Sociale Agricole).
Para las empresas sujetas al impuesto sobre sociedades (IS), los dividendos percibidos por los autónomos agrícolas seguirán incluidos en la base de cotización cuando superen el 10 % del capital social, primas de emisión y cantidades aportadas en cuenta corriente. El decreto no introduce cambios sustanciales en este punto, pero sí clarifica jurídicamente el marco legal: los antiguos artículos del Código Rural quedan derogados en favor del Código de Seguridad Social, buscando así una mayor uniformidad entre sectores agrícola y no agrícola.
En caso de no presentar declaración, el decreto también armoniza las sanciones con las aplicadas a otros autónomos. Si no se presenta la declaración correspondiente, la MSA podrá fijar una base imponible de oficio utilizando un ingreso fijo determinado por decreto o tomando como referencia la última base declarada. Esta base fija se aplicará a cualquier tipo de cotización, incluidas las contribuciones sociales ahora fusionadas (CSG/CRDS). Por ello es obligatorio presentar declaración incluso si no hay ingresos o actividad.
El objetivo declarado de esta reforma es aportar mayor coherencia y claridad al cálculo de las cotizaciones sociales: una única base, reglas armonizadas y mejor coordinación con el sistema fiscal. Sin embargo, sus efectos concretos dependerán de los baremos que se establezcan para 2025 y otras medidas prácticas que aún están pendientes.
Para algunos agricultores que utilizaban mecanismos fiscales que dejan de ser deducibles socialmente, esta reforma puede suponer un aumento en la base sobre la que se calculan sus cotizaciones. En los casos con ingresos más altos (por encima de tres veces el techo anual), ya se prevé un incremento en las cuotas a pagar. Para otros productores agrícolas, el impacto todavía no está claro y se esperan más detalles en los próximos meses.
Ante estos cambios, los expertos recomiendan analizar desde ahora cómo puede afectar esta reforma a la tesorería de cada explotación agrícola y consultar con asesores especializados para anticipar posibles ajustes necesarios.
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