Martes 24 de Noviembre de 2020
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Una sentencia de 5 de noviembre de 2020 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid declara la legalidad del Decreto de la Junta de 2018 al regular los consejos de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria como entes verificadores de la corrección de los productos antes de su venta. La demanda fue interpuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y además de la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta, se han personado como codemandados la denominación de origen Ribera de Duero y la de Rueda.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impugnó el artículo 49 del Decreto de la Junta de 20 de diciembre de 2018 por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, entendiendo que con dicha regulación se vulneraban y mermaban los principios de la libre competencia, al impedir un sistema de control por terceros organismos de certificación acreditados.
La regulación aprobada a propuesta de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural establece que la verificación de que los productos cumplen, antes de su comercialización, con los pliegos de condiciones de una denominación de origen protegida vitivinícola o de las indicaciones geográficas protegidas de productos agroalimentarios, puede ser realizada por el consejo regulador de las mismas, siempre que cuenten con la correspondiente acreditación europea ISO.
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