Prestaciones de planes de pensiones y doble imposición

Advertencia previa La extensión y complejidad de este trabajo, unido al soporte eminente divulgativo que se pretende, obliga a estructurarlo en...

Carlos Lamoca Pérez

Martes 17 de Diciembre de 2019

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Advertencia previa

La extensión y complejidad de este trabajo, unido al soporte eminente divulgativo que se pretende, obliga a estructurarlo en varios apartados, a saber:

  • Viabilidad del sistema
  • La hipotética doble imposición en las prestaciones de los planes de pensiones
    • Situación normativa actual
    • Hipótesis de doble imposición: Ejemplos
    • Comentarios a los ejemplos
    • Precisiones en torno a las aportaciones
    • Doble imposición vs. Doble gravamen
    • Doble gravamen: Excesos de aportación
    • Normativa
    • Conclusiones
    • Propuestas de solución técnica

Aunque ahora se publica solamente el Apartado "Viabilidad del sistema", el resto de los contenidos está disponible  a efectos de consulta en clcr.es

Todo ello, sin perjuicio de que, comprobado el interés general que pueda despertar, sean objeto de futura publicación escalonada en la revista VINETUR.

VIABILIDAD DEL SISTEMA

Enfermedad que no mejora, empeora. Plenamente aplicable al grave y recurrente problema de la falta de viabilidad de un sistema público de pensiones anticuado como lo era y lo es, el español. Ahora bien ¿quién, gobernando, se atrevía a pregonar la alarma oficial? ¿Quién osaba asumir el coste electoral que una cirugía, cada vez más necesaria y urgente iba a provocar?

Advertidos los sucesivos Gobiernos de este país de la extrema necesidad de reforma estructural del sistema, se comenzaron a dar los tímidos pasos, con la introducción de las primeras medidas fiscales destinadas a promocionar el ahorro privado complementario a unas prestaciones que ya se presentían potencialmente descapitalizadas y por tanto, desastrosas. El futuro no tenía otra salida que incentivar el ahorro finalista de los ciudadanos, de cara a que, estos, pudiesen disfrutar en el momento de su jubilación, de una pensión que de alguna manera, no supusiera un bajón drástico respecto de su modus vivendi "en activo".

Aparcada pues la toma de medidas estructurales y suplantada por la pervivencia de un sistema que, irremediablemente conduce al reparto de pensiones de subsistencia, cuando no, miserables, se adoptaron las medidas fiscales, de todos conocidas y que venían a responder al principio tantas veces utilizado en materia tributaria de "pan para hoy y hambre para mañana".

No obstante y con objeto de obviar explicaciones reales, se utilizaron una vez más, esos manidos a la par que odiosos, fundamentos políticamente correctos a que la clase dirigente nos tiene acostumbrados en pos de evitar la no menos manida "alarma social". Tal es así que,  la principal motivación utilizada se basó en la necesidad de dotar al sistema bancario, de fondos que garantizasen la suficiencia en la financiación de inversiones a largo plazo. Financiación ésta, tradicional y recurrentemente escasa y por ello, tradicional y recurrentemente cara.  De ninguna manera se podía admitir oficialmente que, el sistema, corría riesgo cierto de colapsarse en el futuro.

Embarcados en la promoción patriótica de la "inversión a largo", la dura realidad hizo que pronto se abandonasen los bondadosos argumentos técnicos iniciales. Aunque pudiera pensarse que fueron las inevitables caídas en la recaudación tributaria las que llevasen a la corrección del rumbo, no fue así exactamente. Y es que emergió con toda su fuerza algo que a martillazos se venía ocultando infructuosamente: la crisis. Aquellas caídas, hay que suponer  que previstas y cuantificadas cuando se adoptaron las medidas fiscales, fueron acompañadas del demonio de nuestro modelo económico, cual es el incremento imparable de un mastodóntico gasto público. ¿Cómo atajar el problema? Pregunta ociosa: Las economías domésticas reduciendo gastos y estructura; la hidra pública de mil cabezas incrementando estructura e impuestos.

Como era de rigor, no se admitió nunca que la causa por la que se modificaron los beneficios fiscales de los planes de pensiones en IRPF, fuese la caída en la recaudación. Al contrario, se venía a hacer justicia tributaria y algo tan prosaico no era de recibo. Así que se publicitó a través de los medios afines que, luego de la experiencia, "se había detectado que solamente los ricos (otra vez el odioso lugar común) eran los que hacían aportaciones a planes y que, eso, traía como consecuencia un trato discriminatorio para el resto de ciudadanos (los pobres, claro)".  Consecuencia que no podía tolerarse. Y como no podía tolerarse, pues recorte en los límites de las aportaciones y desaparición de la bonificación del 40% en las prestaciones. Todo ello al mismo tiempo que la crisis financiera se encargaba de transformar los Fondos de Pensiones en fondos de rentabilidad negativa y mientras la prima de riesgo nos desesperaba diariamente.

El tiempo, el largo plazo,  no es el mejor cimiento en que apoyar las inversiones. Desde aquellos recortes las aportaciones a Planes perdieron el tirón, si alguna vez lo tuvieron. Ya de por sí la cautividad temporal de las aportaciones que se hacían a Planes era un motivo de preocupación serio para los suscriptores de los mismos. La imposibilidad de rescate anticipado, salvo circunstancias excepcionales, hacía que el ciudadano desconfiase de su seguridad. No es de extrañar pues que, cuando entraron en el juego los recortes, el desánimo cundiese y muchos ahorradores prefiriesen el refugio inmobiliario, como medio de procurarse un Plan de pensiones fiable y, en todo caso, dirigido y controlado por ellos mismos.

La transformación de los formales planes de pensión "financieros", en planes informales de pensión "inmobiliarios" siempre gozó de amplio predicamento en nuestro país. La seguridad de que "los pisos nunca bajan de precio" los hacía mucho más competitivos frente a la inversión puramente financiera. Si a ello le añadimos el beneficio que representa la exención fiscal de las plusvalías que se generen en el caso de enajenación de la vivienda habitual por mayores de 65 años, la opción era clara: Comprar la mejor y más cara vivienda habitual que se pueda uno financiar, para luego venderla y comprar otra más adecuada al modus vivendi que, inevitablemente impone la jubilación: La plusvalía, las "prestaciones" de ese plan personal, no se gravan.

No obstante hay que advertir que, a pesar de las circunstancias adversas, las aportaciones a Planes se han seguido utilizando, sino masivamente, si como una especie de último recurso,  toda vez que se han transformado en casi el único medio de que dispone el ciudadano medio para rebajar la factura fiscal de IRPF. Ese vaciamiento de opciones socio-tributarias que guía la "recaudación por la recaudación",  esa tendencia al páramo tributario que se ha seguido por un Gobierno tras otro en sus llamadas eufemísticamente "reformas fiscales", han provocado que, hoy, el panorama fiscal del ahorro, la necesidad de su reforma tributaria como medio saneado de crecimiento de la economía, siga sin afrontarse.

Hoy en día, cuando ya no se pueden ocultar por más tiempo las graves dificultades que vamos a tener para hacer frente al pago de las pensiones, vuelven los expertos a insistir en la inexcusable reforma estructural del sistema: Paradójicamente, mientras se anuncia un nuevo incremento de la carga impositiva, a la par que un paralelo y desmesurado  incremento del gasto público.

El desarrollo de ese escenario de manifiesto descarrilamiento presupuestario, se nos escapa.  Parece que sea cosa que esté solamente al alcance de mentes maravillosas que puedan guiarnos hasta el país de nunca jamás.

Carlos Lamoca Pérez
Inspector de Hacienda del Estado.
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