Lunes 27 de Julio de 2026
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Ricardo F. Núñez, fundador y propietario de Vinos de La Luz, ha cargado contra la clasificación territorial utilizada en la edición 2026 del Concours Mondial de Bruxelles y sostiene que una entidad privada no puede modificar la geografía sobre la que se apoya el sistema internacional de denominaciones de origen e indicaciones geográficas del vino.
En una nota remitida a Vinetur, Núñez afirma que el origen oficial de un vino no depende de concursos, guías, importadores ni plataformas comerciales, sino del Derecho y de las autoridades públicas competentes. A su juicio, esa base jurídica es la que permite que el comercio del vino opere con criterios comunes sobre qué territorio corresponde a cada denominación.
En su análisis, cita ejemplos como Champagne en Francia, Rioja en España, Barolo en Italia, Napa Valley en Estados Unidos y Valle de Uco en Argentina para subrayar que la adscripción territorial de esas zonas no nace de decisiones empresariales, sino de una arquitectura jurídica internacional consolidada durante décadas.
La crítica se centra en lo ocurrido durante la edición 2026 del Concours Mondial de Bruxelles para las sesiones de vinos blancos, tintos y espumosos, celebrada en Armenia. Según expone Núñez, el sistema oficial de inscripción permitió registrar determinados vinos bajo la categoría «Crimea» como país y, al mismo tiempo, «Crimea» como región. Añade que esa misma clasificación apareció después en los resultados oficiales del certamen.
Para el empresario reconocido con el Premio OIV al Mérito en 2025, el asunto va más allá del caso concreto de Crimea. Su tesis es que, si un concurso internacional puede utilizar una clasificación territorial distinta de la reconocida por el sistema internacional de protección del origen, la consecuencia afecta al conjunto de las denominaciones de origen del mundo, porque abre la puerta a que operadores privados alteren la referencia geográfica que sirve de base al sistema.
Núñez recuerda que las denominaciones de origen no nacieron como marcas comerciales, sino como instrumentos para proteger una relación objetiva entre un producto y un territorio. Por eso, sostiene que antes de reconocer una indicación geográfica debe quedar determinado con precisión cuál es ese territorio y a qué Estado pertenece.
En ese punto, menciona varios marcos jurídicos internacionales. Entre ellos, el Acuerdo sobre los ADPIC, la normativa de la Unión Europea, el Arreglo de Lisboa de 1957 y su Acta de Ginebra de 2000. Según explica, todos ellos vinculan las indicaciones geográficas al territorio de un Estado o a una región situada dentro de ese Estado.
También alude a la Organización Internacional de la Viña y el Vino. Núñez sostiene que la OIV se adhiere a esos principios y exige que las denominaciones estén reconocidas por las autoridades competentes. Añade además que, en materia de concursos, la organización mantiene normas estrictas y no admite el uso de su nombre sin una autorización específica.
Su argumento central es que no existe un espacio intermedio para que actores privados redefinan la geografía oficial del vino. A su juicio, la geografía no es una variable adaptable a las necesidades de un certamen, sino el punto de partida del sistema de protección del origen.
Sobre Crimea, Núñez sostiene que la gravedad del caso aumenta por la situación política y jurídica del territorio. Afirma que se trata de un territorio ucraniano ilegalmente invadido y anexionado por la Federación Rusa, y considera que presentarlo como país y región supone otorgarle una categoría territorial ajena al marco reconocido por las organizaciones internacionales multilaterales.
El empresario va un paso más allá y plantea que la cuestión abre un precedente de alcance general. Se pregunta qué impediría que en el futuro aparezcan otras clasificaciones territoriales creadas por concursos internacionales si se acepta que una entidad privada pueda apartarse de los tratados y de la normativa pública aplicable.
Núñez también sostiene que la controversia ha tenido eco en distintos países y añade que, pese a la polémica, sigue abierta otra inscripción con la categoría de Crimea como país y región para un próximo concurso de vinos fortificados organizado por la misma empresa.
En su valoración, las organizaciones oficiales dedicadas a proteger las denominaciones de origen han centrado históricamente sus esfuerzos en combatir falsificaciones, imitaciones y usos indebidos de nombres protegidos. Sin embargo, considera que este caso introduce un problema distinto, porque no afecta solo al uso de una denominación concreta, sino a la naturaleza jurídica de la geografía sobre la que esa denominación puede existir.
Núñez cita además la actividad de entidades privadas sin ánimo de lucro como Wine Origin Alliance, centradas en la defensa del origen de los vinos. En ese marco, menciona la intervención de su director, Jacques-Olivier Pesme, en el Congreso ICANN celebrado en Sevilla sobre el uso de dominios de internet y su posible impacto en la identificación de las denominaciones de origen.
La posición del fundador de Vinos de La Luz es que, si la geografía deja de ser una referencia jurídica común y pasa a depender de clasificaciones elaboradas por operadores privados, el efecto no se limitará a territorios en disputa. Según sostiene, afectará a la estructura sobre la que se ha construido durante más de un siglo la protección internacional del origen de los vinos.
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