ESTADO DE ALARMA: Medidas con transcendencia tributaria

Vivimos tiempos terribles, tiempos sin amparo en los que la sucesión de los días sigue sin apartarnos del abismo. Día...

Carlos Lamoca Pérez

Miércoles 29 de Abril de 2020

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Vivimos tiempos terribles, tiempos sin amparo en los que la sucesión de los días sigue sin apartarnos del abismo. Día a día, contemplamos como se nos siguen exigiendo continuos sacrificios, desconocidos hasta ahora, para una sociedad confiada y por tal, despreocupada. En esta desgraciada encrucijada en que nos encontramos, histórica, qué duda cabe, pero con alto riesgo de convertirse en histérica, todos los esfuerzos, todos los sacrificios que hagamos, nunca serán bastantes para conseguir sobrevivir. Primero humanamente, fulminando ese parte diario de bajas que nos mata minuto a minuto. Y segundo, recuperando la libertad, recuperando ese pacto de convivencia que, en estos momentos de angustia, tantos embates están sufriendo por el fundamentalismo ideológico de quienes han creído ver la ocasión para echarlo abajo.

En tan angustioso escenario, el BOE no deja de publicar diariamente normas socioeconómicas. Por desgracia, la precipitación en legislar y muchas veces el afán de protagonizar la medida, hace que, tales normas necesiten de aclaraciones y coordinación, siempre, cuando no de modificaciones inmediatamente después de su publicación. El difícil equilibrio que se pretende conseguir entre las medidas sociales y el impacto que las mismas significa sobre la actividad económica, en un país donde el déficit presupuestario es endémico y fuertemente ideologizado por espectros políticos que abominan de presupuestos restrictivos, hace que las medidas que se están tomando, de forma urgente y de manera unilateral, obtengan una fuerte oposición de los sectores productivos, aún antes de que se puedan analizar los efectos que, las mismas, puedan causar sobre la pervivencia del actual Estado del bienestar.

En esa línea de apresuramiento, no es de extrañar pues la falta de sistematización técnica y la ausencia de justificación financiera visible que se advierte en muchas de las medidas que día tras día, se publican y que ahora, trataremos de ordenar. No obstante, conviene antes de ello, señalar un principio fundamental sobre el que pivotan todas o casi todas las medidas tributarias: El aplazamiento y/o la moratoria del pago. No va a haber, condonaciones. El Estado no va a cargar con el coste. En el caso específico de los tributos, no hay condonación de deudas ni rebajas explicitas de impuestos. Éstos van a seguir vivos esperando a que escampe. Espera que, suponemos, habrá previsto el torrente de procesos concursales y consiguientemente de paro laboral que, en la actividad económica, la aspirina del aplazamiento, va a provocar.

De esta catástrofe no vamos a salir con llamadas a la solidaridad de nuestros vecinos a cambio de un abrazo. Ya nos han avisado. Si queremos paraguas financiero, es preciso pasar antes por caja. Por la caja de la disciplina financiera del padre euro. La solidaridad de la UE era eso. Siempre lo ha sido.

Este despertar a palos del sueño del "gasto sin restricciones" y que paguen los ricos, va a suponer un "día después" terriblemente dramático, salvo que desde ya, afrontemos el problema sin verdades a medias. Habrá un antes y un después del COVID-19. Un antes de déficits frívolos y populistas; y un después, de rescates e intervenciones permanentes. Un antes de consumir por consumir y un después de consumir para sobrevivir. Un antes de un modelo económico imposible y un después de un modelo sostenible.

Más pronto que tarde, llegará lo que parece irremediable: Intervención y doloroso rescate de una sociedad que no ha sido capaz de echar abajo el monstruoso, el descomunal derroche de gasto superfluo que, la palabrería política y los pactos de reparto del poder, han generado.

No vamos a profundizar en ello en estos momentos tan dolorosos, pero no podemos pasar por alto una advertencia: Nada volverá a ser igual.

SISTEMÁTICA DE LA EXPOSICIÒN

Las pautas que se han seguido en la exposición estructuran la misma en TRES GRANDES BLOQUES, a saber:

Dentro de cada apartado, se expone en primer lugar la redacción recogida en los RD 463/2020, 465/2020, RDL 8/20 y RDL 11/20. Y color AZUL, las modificaciones introducidas por los RD Ley 14/20 y RD Ley 15/20

Carlos Lamoca Pérez
Inspector de Hacienda del Estado.
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