Gastos ilegales en hostelería que nunca deben cobrarte en bares y restaurantes

A la hora de consumir una copa de vino en un bar o restaurante, no todo vale. Los ciudadanos de...

Escrito porAarón Guerra

Lunes 20 de Diciembre de 2021

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A la hora de consumir una copa de vino en un bar o restaurante, no todo vale. Los ciudadanos de a pie tenemos derechos y los empresarios no nos pueden obligar a pagar determinados servicios.

La Organización de Consumidores y Usuarios de España, ha elaborado una lista de gastos abusivos y cosas que no deberían cobrarte en bares y restaurantes.

He aquí algunas de las cosas que sí te pueden cobrar y, sobre todo, otras que no.

Gastos ilegales en hostelería

IVA

Cuando te traigan la factura o el ticket, es muy recomendable revisarlo con atención, no tengas vergüenza a la hora de comprobar que está todo correctamente. Un práctica no permitida, y que resulta cada vez más habitual, es que se añada un 10 % de impuesto sobre el valor añadido (IVA) extra sobre los precios de la carta, y esto es ilegal. De hecho, por ley, no puede figurar la leyenda "IVA no incluido" directamente en la carta del establecimiento.

La factura o ticket debe reflejar el IVA de manera informativa, es decir desglosándolo del precio de la carta, ya que los precios de la carta son siempre con el IVA incluido y son los precios finales que debes pagar en la factura o ticket, sin añadir nada sobre ellos.

Cubierto

Por otro lado, tampoco nos pueden pedir un suplemento del tipo "precio por cubierto", no es legal. Este supuesto "servicio" ya se encuentra, por sí mismo, incorporado en el precio. No en vano, se trata de un instrumento indispensable para la ingesta del alimento. Es como si nos cobraran también un suplemento por comer sentados en una silla.

Reserva

Igualmente, muchos negocios de hostelería se amparan últimamente en el precio por reserva, cuando esta siempre ha de ser gratuita. Es ilegal cobrarte un plus por reservarte una mesa.

Lo que sí es legal es cobrarte un importe previo en concepto de "reserva" o "paga y señal", especialmente para grupos grandes, que luego se debe descontar del precio total de la cena, comida o consumición.

¿Pero que ocurre si por alguna causa debes cancelar esa reserva? La ley dice que si es por causa mayor, como por ejemplo enfermedad o un contagio de Covid, los clientes se hallan amparados bajo su derecho inamovible a la anulación y el reembolso por fuerza mayor y el establecimiento debe devolver íntegro el importe de la reserva.

Suplemento COVID

Con respecto a la situación pandémica, también muchos hosteleros han encontrado una mina de oro con el denominado "suplemento COVID" que es totalmente ilegal. Los gastos extra a los que deba enfrentarse el dueño del establecimiento por limpieza son solo suyos. No han de repercutirse al cliente.

Terraza o mesa

También, tradicionalmente, se suelen aplicar otros suplementos por pedir en terraza exterior en lugar de en mesa interior, o en mesa en lugar de en barra. Este suplemento, solo es legal si el cliente es debidamente informado en la carta con su importe exacto en euros y este importe debe aparecer reflejado en la factura y en el ticket.

Es ilegal cobrar un suplemento de terraza y mesa por sorpresa, sin que el consumidor haya sido informado por escrito en la carta. También es ilegal que este suplemento aparezca en la carta como un porcentaje (%) sobre el precio, en lugar de figurar con el importe exacto en euros.

Otros gastos que habitualmente se cobran y no deberían

Pincho o aperitivo

En algunos locales se obsequia a los comensales con un aperitivo. Con la bebida te traen un pincho que no has pedido y que después te cobran. ¿Esto es legal? La respuesta es sí y no.

Es legal si aparece en la carta, detallando su precio, y lo consumes.

Es ilegal si aparece en la carta pero no lo consumes porque no lo has pedido y se lo tiene que llevar de vuelta.

Además es siempre ilegal cobrarte por el aperitivo si no aparece en la carta, o si aparece en la carta sin precio o indicado como "incluido en el menú".

Lo mejor, en estos casos, es preguntar con antelación y en caso de que no desees pagar por esto pedir que no lo traigan o que se lo lleven.

El pan

Similar al anterior, te pueden cobrar por el pan (aunque no lo hayas pedido) si aparece en la carta detallando el precio por comensal o unidad. En este último caso, siempre que pidas más se considerará una unidad adicional y te lo cobrarán. Si no aparece detallado el precio en la carta es ilegal cobrarte por el pan.

Si aparece debidamente detallado en la carta, te lo traen pero no lo has pedido y no deseas pagarlo, no lo consumas y pide que se lo lleven.

Agua del grifo

Es un poco cutre que un restaurante te cobre por el agua del grifo pero ¿qué pasa si todos los comensales piden una jarra de agua del grifo para beber?

En estos casos algunos restaurantes la cobran, otros para que parezca más cool la sirven en una jarra elegante y dicen que el agua del grifo está tratada, filtrada o ha sido osmotizada, etc. En cualquier caso, es ilegal cobrarte el agua del grifo si no figura en la carta detallando el precio por unidad o comensal.

Hielo

Todavía más cutre que el anterior sería cobrarte por el hielo de las bebidas, pero legalmente podrían hacerlo, siempre y cuando, al igual que sucede con el agua, esté debidamente detallado en la carta con su precio.

Otros cobros "trampa"

Sugerencias del camarero

Si un camarero te sugiere un producto nuevo que, como tal, no figura en la carta, debe informarte claramente del precio, en caso contrario y si el importe de este producto resulta ser una sorpresa en la factura (por lo abusivo), es ilegal su cobro, y el local estará obligado a cobrarte el producto original al que sustituye.

Precios según mercado o según peso

Otro gasto encubierto se asocia habitualmente con las carnes, los pescados y los mariscos frescos. En estos casos, aparece algo así como "precios según mercado" (PSM o SM), o bien "precio según peso". Si sucediera, debiera al menos hacerse constar el importe por cada 100 gramos o una referencia que nos haga saber el valor aproximado de un plato.

Uso del baño

Tampoco se puede exigir un cobro por el uso del servicio o WC.

Inclusión de bebida

Asimismo, debe hacerse constar si se encuentra incluida la bebida en la carta o el menú, por ejemplo en el "menú del día".

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