Tributos Patrióticos

El Derecho de la Unión Europea, reconoce la libertad de establecimiento a toda sociedad constituida de conformidad con la legislación de un Estado miembro y cuya sede social, administración central o centro de actividad principal se encuentre dentro de la Unión (Sentencia de 25 de Octubre de 2017 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea).

Carlos Lamoca Pérez

Martes 23 de Enero de 2024

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Aunque de plena actualidad, merced a los oníricos sueños de políticos separatistas, el fenómeno de los traslados de domicilio de sociedades hacia ámbitos fiscales más favorables, es una práctica habitual. Máxime cuando esas sociedades han de competir en mercados globales donde el componente tributario en la cuenta de resultados, es una variable de importancia tal que conseguir su optimización-reducción, garantiza: Siempre, una posición de salida al mercado, equiparable a la de la competencia; y en muchos más casos de los deseables, la garantía de poder sobrevivir.

Las migraciones fiscales, que no deslocalizaciones por lo que de peyorativo tiene este término, son economías de opción totalmente legítimas a la par que legales. A nivel internacional estamos acostumbrados a contemplar desplazamientos fiscales a territorios como Irlanda, Holanda, Portugal, etc..., en busca de reducción de la carga fiscal. Nada que objetar. Pero es que lo propio sucede dentro del Reino de España (del "Estado", para otras sensibilidades): Valgan como ejemplos significativos las migraciones interiores a regiones donde tanto el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones como el Impuesto sobre el Patrimonio, prácticamente han desaparecido. Si respecto de las migraciones internacionales solo cabe igualar la oferta, es dentro del territorio nacional ("Estado") donde sí se puede actuar a fin de evitar las consecuencias, manifiestas y evidentes, que  las migraciones provocan respecto del principio de igualdad constitucional de todos los ciudadanos ante la ley.

La discriminación de trato fiscal por razón de territorio (menor gravamen efectivo ante una misma capacidad económica) solo se puede aceptar cuando esa discriminación suponga una medida de política económica nacional que trate de atraer riqueza hacia territorios desfavorecidos, a fin de equipararlos con los más potentes. Lamentablemente, en este (España-Estado) tenemos anacrónicos ejemplos de una política tributaria totalmente contraria a esa finalidad. Una política tributaria, alejada de la ortodoxia, errática y discriminatoria, por razón de domicilio fiscal que, lejos de revisarse y atenuarse, se potencia irresponsablemente. Territorios forales, cupos virtuales, conciertos económicos desconcertantes, bilateralidad de igual a igual, son, desafortunadamente, algo que cada día, levanta más alto el muro que divide la soberanía fiscal entre territorios de "régimen común" y territorios de "derecho propio", sea éste foral o diferencial, aunque siempre supremacista y privilegiado.

El hecho de que los sucesivos Gobiernos que ha tenido la Nación ("estado") hayan necesitado de apoyos parlamentarios de aquellos que, precisamente, buscan, unos mantener el privilegio y, otros, acceder a tal privilegio (pacte fiscal), nos ha traído hasta este momento de profunda inestabilidad económica. Cuando no solo se plantea romper lo que queda de la armonización tributaria, sino que incluso se exige castigar al desafecto por desplazar su domicilio fiscal a territorios nacionales (estos sí) más estables, está claro que tenemos un grave problema. Y no solo porque lo exijan, sino por algo más crucial: Porque eso se negocie.

Como hemos dicho, se partía de un sistema tributario de aplicación limitada (régimen común) que debía coexistir con un opaco sistema privilegiado (régimen foral). Siendo así, la ingenuidad o la hipocresía política, vendió que no había peligro para la igualdad de los españoles ante la norma tributaria. Todos a contribuir y los más potentes a aportar al fondo sacrosanto de la solidaridad inter-territorial. ¿Quién pensó que esto fuera a ser así? La manifiesta deslealtad que los nacionalismos llevan en su ADN (todo es lícito en la lucha contra el Estado opresor) unida a la necesidad de que el partido gobernante de turno tuviera que contar ineluctablemente con tales nacionalismos, funcionó desde el primer minuto de la nueva Constitución. Y hasta ahora. Hasta ahora en que se pacta ampliar el marco del privilegio para incluir una economía regional que, llegado el caso, sustraería de la recaudación tributaria nacional (esta sí, nacional) todo el IVA y todo el Impuesto sobre Sociedades que allí se recauda pero que, allí, no se generan.

La legislación tanto española como europea en materia de libertad de circulación de empresas, es meridianamente clara. No se pueden imponer restricciones de ningún tipo. ¿Cómo entonces proponer no solo "corralitos patrióticos", sino sanciones a quienes abandonen la nave de la insensata deriva en la que se ha convertido ese delirio supremacista? Porque la solución para evitar traslados no queridos, es muy sencilla: Quién quiera que se queden, que equipare sus impuestos a los de la competencia. ¿Cómo? También muy sencillo: Rebaje gastos superfluos y/o populistas. Acomódese a sus ingresos. No persiga a unos ricos que no existen más que en su propaganda. Los ricos hace tiempo que no están aquí.

Exigir tributos con el marchamo de "patrióticos", como es el caso, es un desvarío político que es esperpéntico defender. Los tributos, son contribuciones de los ciudadanos a la financiación del gasto público. Y es precisamente ese gasto público el que tiene que dotar de legitimidad ética la exigencia del tributo. Cuando no es así, cuando esa exigencia se justifica por razones espurias (patriotismo) o cuando ese gasto es escandalosamente superfluo, despilfarrador  y populista, el tributo pierde toda su legitimidad ética. Olvidando que una empresa que se califique de patriótica por quien tiene el poder de unción, no hace sino recortar su segmento de mercado y reducirlo a vender sus servicios a los que consideran que el "patriotismo" es un plus que añadir a la bondad de la venta de esos bienes  y servicios. Desgraciadamente tenemos ejemplos más que suficientes de boicots de productos con ese sello distintivo. Indignados,  es entonces cuando, políticos desnortados, acuden a la violencia sancionadora: El que se va, abandona la sagrada causa y ha de pagar por ello. Pobre recurso este de que los apóstoles del "diálogo y el consenso" tengan que acudir a la violencia cuando no se tienen argumentos.

No deja de ser una boutade el pacto, la petición o lo que demonios se haya acordado entre los partidos interesados (estos, si, interesados, muy interesados). Sea lo que sea, lo cierto es que es un viaje a ninguna parte extremadamente peligroso socialmente. Sí fatalmente se concluye, un viaje sin retorno que no tiene un pase técnico y mucho menos, democrático.

Carlos Lamoca Pérez
Inspector de Hacienda del Estado.
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