Martes 11 de Agosto de 2026
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Las empresas que producen, fabrican, importan o distribuyen envases en la Unión Europea deberán aplicar de forma obligatoria desde el próximo 12 de agosto el Reglamento de Envases y Residuos de Envases. La norma busca favorecer la reutilización, reducir residuos y limitar sustancias que preocupan por su efecto en la salud, según informa EFEagro.
El reglamento entró en vigor en febrero de 2025, pero hasta ahora existía un plazo de adaptación. Con el fin de ese periodo, todos los países de la UE pasarán a regirse por los mismos criterios para el diseño, la comercialización, el rellenado, el reciclado y la devolución de envases. La norma también recorta los formatos que Bruselas considera innecesarios o excesivos, incluidos los del comercio electrónico, y pone límite al espacio vacío en los paquetes.
Uno de los ejes del sistema es la reciclabilidad. Los envases quedarán clasificados en tres niveles: A, cuando al menos el 95% de sus materiales cumpla el umbral fijado por la norma; B, entre el 80% y el 95%; y C, entre el 70% y el 80%. EFEagro añade que, desde 2038, solo se admitirán los que alcancen como mínimo el 80% exigido en esa escala. Además, las tarifas por poner embalajes en el mercado dependerán de esa calificación: cuanto más fácil sea reciclarlos, menor será la aportación económica de la empresa.
Ecoembes recuerda que ningún envase podrá comercializarse sin la declaración de conformidad UE, conocida como DoC por sus siglas en inglés. Ese documento acredita que el producto cumple el reglamento y pasa a ser una condición previa para su venta.
La norma incorpora además restricciones para algunos envases de plástico de un solo uso y nuevas directrices de diseño. Entre los casos citados por EFEagro figuran las frutas y verduras frescas de menos de 1,5 kilogramos. El reglamento también afecta a la restauración y al comercio electrónico de productos frescos por la limitación de ciertos materiales y formatos.
Otro cambio con efecto inmediato es el relativo a las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas, conocidas como PFAS. Desde el próximo 12 de agosto no podrán introducirse en el mercado envases en contacto con alimentos que contengan PFAS en concentraciones iguales o superiores a 25 ppb para cualquier PFAS individual medido con análisis específicos, o 250 ppb para la suma de PFAS. La restricción alcanza, entre otros productos, a vasos de papel con recubrimientos fluorados, cajas de pizza y envases de comida para llevar.
La industria alimentaria valora que la armonización europea simplifica trámites y reduce la fragmentación del mercado, pero avisa del esfuerzo inversor que exige la adaptación. Paloma Sánchez Pello, directora de Competitividad y Sostenibilidad de la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, sostiene que las nuevas reglas obligan a modernizar procesos, desarrollar materiales y formar equipos. A su juicio, las empresas ya trabajan en soluciones más sostenibles, como la retirada de materiales difíciles de reciclar.
Sánchez Pello cita como ejemplo el sistema de depósito, devolución y retorno para bebidas, conocido como SDDR. Ese modelo tendrá que convivir con los mecanismos de gestión ya operativos y con otros sistemas como Ecoembes, Procircular o Ecovidrio, una coexistencia que, en palabras de la representante de FIAB, exige inversiones altas, cambios en los modelos de negocio y adaptación por parte de los consumidores.
Los siguientes plazos ya están fijados. En 2028, todos los envases deberán incorporar información clara sobre los materiales utilizados y el porcentaje reciclado. Los reutilizables tendrán que incluir además un sistema de información, mediante código QR u otro soporte digital, para explicar cómo deben devolverse.
Para los envases en contacto con alimentos, el reglamento fija niveles mínimos de plástico reciclado a partir de 2030. En el caso del PET, el suelo será del 30%, mientras que para otros plásticos será del 10%. Esos porcentajes aumentarán de forma progresiva hasta 2040. Ese mismo 2030 entrará en vigor la prohibición de las monodosis de plástico de un solo uso en hostelería.
La directora de FIAB pide que la aplicación se haga con pragmatismo y con periodos transitorios de adaptación cuando las medidas resulten muy ambiciosas o difíciles de ejecutar desde un punto de vista técnico. También avisa de que en España habrá un tiempo de duplicidad normativa entre el etiquetado europeo y el nacional.
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