Miércoles 14 de Enero de 2026
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El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado este martes, 13 de enero, una serie de modificaciones aprobadas por la Comisión Europea en los pliegos de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Cava y la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Brandy de Jerez. Estas modificaciones afectan a aspectos técnicos y normativos que regulan la producción y comercialización de ambos productos.
En el caso del Cava, el texto recoge la incorporación de una densidad mínima de plantación específica para el marco de plantación conocido como marco Real. Esta medida busca unificar criterios en las plantaciones y garantizar una mayor homogeneidad en los viñedos acogidos a la DOP. Además, se elimina la diferenciación del grado alcohólico volumétrico natural mínimo de la uva destinada a la elaboración de vinos base Cava según las zonas climáticas. A partir de ahora, se fija un único grado mínimo para toda la DOP Cava en 8,5%. Hasta este momento, el grado alcohólico mínimo variaba en función del clima de cada zona productora.
Respecto a la IGP Brandy de Jerez, las modificaciones introducen la regulación del sistema de Añada, un método excepcional de envejecimiento estático que se suma al sistema tradicional de Criaderas y Solera, predominante en las bodegas amparadas por esta indicación geográfica. El nuevo sistema establece que el brandy de Jerez de Añada debe envejecer sin mezclarse con otros brandies de distinta vejez durante un periodo superior a doce años.
El pliego también actualiza las descripciones del producto. El brandy de Jerez “Solera” se define ahora como aquel con un tiempo medio de envejecimiento superior a seis meses. El “Solera Reserva” debe superar el año y el “Solera Gran Reserva” los tres años. Además, se introduce una nueva clasificación para los brandies con vejez promedio superior a los tres años requeridos para el “Solera Gran Reserva”. Así, se reconocen las categorías “Solera 12 años”, “Solera 15 años”, “Solera 18 años” y “Solera 30 años”, siguiendo el modelo ya existente en la DOP Jerez-Xérès-Sherry.
Las modificaciones también afectan a las condiciones físico-químicas exigidas para los brandies con vejez calificada y a los niveles de absorbancia en los Solera Reserva y Solera Gran Reserva. Por otro lado, se eliminan las notas relativas a los rangos del contenido de ácido tartárico cedido por las vasijas durante el envejecimiento.
Estas medidas buscan adaptar la normativa europea a las prácticas actuales del sector y facilitar una mayor claridad tanto para productores como para consumidores. Las nuevas disposiciones entran en vigor tras su publicación oficial y serán aplicadas por los consejos reguladores correspondientes.
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