Miércoles 10 de Junio de 2026
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La Unión Europea ha publicado en el Diario Oficial de la UE la aprobación de una modificación estándar del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida 3 Riberas, una figura de calidad vinícola de Navarra. La comunicación apareció el pasado 9 de junio y recoge varios cambios técnicos y de funcionamiento que afectan a la elaboración, las variedades autorizadas, el embotellado y la redacción del propio pliego.
La autoridad que notificó la modificación fue el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España, a través de la Dirección General de Alimentación. Según el texto publicado, el cambio se considera estándar y no requiere una tramitación a escala de la Unión porque no altera el nombre protegido, ni el uso del nombre, ni la categoría del producto, y tampoco rompe el vínculo con la zona geográfica ni añade nuevas limitaciones comerciales.
Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de la posibilidad de elaborar vinos protegidos parcialmente desalcoholizados. El documento indica que esta opción podrá aplicarse junto con las prácticas enológicas autorizadas. A ello se suma otra novedad: se admite también la producción de vinos con baja graduación alcohólica natural sin necesidad de pasar por un proceso de desalcoholización.
El nuevo texto permite además endulzar los vinos con mosto concentrado rectificado. Se trata de una práctica admitida en la normativa vitivinícola y su inclusión adapta el pliego a opciones ya presentes en otras zonas productoras.
La modificación afecta también al vino rosado. Hasta ahora, el pliego obligaba a elaborarlo solo con uvas tintas. Esa exigencia desaparece y se sustituye por otra: las variedades tintas autorizadas deberán representar al menos el 85% del total de las uvas empleadas. El cambio abre la puerta a una composición más flexible sin eliminar el peso principal de la uva tinta en este tipo de vino.
En esa misma línea, el texto incorpora la posibilidad de mezclar vino rosado con vino tinto procedente de cosechas posteriores. Es una variación técnica que modifica las condiciones de elaboración recogidas hasta ahora para esta IGP.
Otro bloque importante de cambios se refiere al listado de variedades permitidas. La relación se amplía con nuevas castas tintas y blancas autorizadas para su cultivo en Navarra. Entre las tintas entran Cabernet Franc, Malbec y Petit Verdot. Entre las blancas se añaden Albariño, Gros Manseng, Hondarrabi Zuri, Petit Courbu, Petit Manseng, Viognier y Oneca. El documento también corrige nombres ya presentes en el pliego: Macabeo pasa a figurar como denominación habitual de Viura y Malvasía se precisa como Malvasía Riojana.
La publicación europea recoge además una modificación logística con efecto directo sobre las bodegas y operadores. A partir de ahora, el embotellado podrá hacerse fuera de la zona delimitada. Al mismo tiempo, se elimina la restricción que solo permitía transportar vino sin embotellar entre operadores registrados dentro del sistema. Este ajuste cambia una parte relevante del funcionamiento práctico de la IGP, ya que facilita operaciones fuera del área protegida siempre dentro del marco de control previsto.
El texto suprime también la referencia expresa a las bodegas elaboradoras que antes aparecían enumeradas en el pliego. La administración explica que se trata de una actualización formal y de la retirada de información ya desfasada sobre esta indicación geográfica. Junto a ello, se han renovado los datos relativos a la autoridad competente y al organismo de control.
La ficha publicada por la UE recuerda que 3 Riberas pertenece a la categoría 2204 de la nomenclatura combinada, correspondiente al vino obtenido de uvas frescas, incluidos los vinos encabezados y el mosto de uva salvo determinadas excepciones. También mantiene los parámetros analíticos generales previstos por la legislación europea para los aspectos no recogidos expresamente en esta modificación.
En materia analítica, el documento señala que en los vinos envejecidos el límite máximo permitido de acidez volátil aumentará en 0,06 gramos por cada grado alcohólico que supere los diez grados. También fija un máximo total de dióxido de azufre de 180 mg/l para vinos con menos de 5 g/l de azúcar y de 230 mg/l para aquellos con 5 g/l o más.
La publicación en el Diario Oficial no crea una nueva indicación geográfica ni cambia su identidad comercial, pero sí obliga a adaptar el pliego vigente y su aplicación práctica. Para bodegas, viticultores y operadores vinculados a 3 Riberas, los cambios afectan al modo en que podrán elaborar ciertos vinos, a las variedades con las que podrán trabajar y al lugar donde podrán embotellar el producto amparado por esta IGP navarra.
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