Bruselas fija las condiciones para autorizar ayudas de crisis al sector del vino

Los gobiernos podrán aplicarlas a la destilación, la vendimia en verde o el arranque voluntario de viñedos

miércoles 16 de septiembre de 2026

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Bruselas fija las condiciones para autorizar ayudas de crisis al sector del vino

La Comisión Europea ha publicado este miércoles, 16 de septiembre, el reglamento delegado 2026/2093, que fija las condiciones para que los Estados miembros puedan pedir autorización y conceder ayudas nacionales de crisis al sector vitivinícola para tres medidas: la destilación de vino, la vendimia en verde y el arranque voluntario de viñedos productivos. La norma completa el reglamento 1308/2013 de la organización común de mercados agrarios y entrará en vigor este jueves, 17 de septiembre.

El texto fue adoptado por la Comisión el 10 de julio y desarrolla los cambios introducidos por el reglamento 2026/471, que amplió el alcance del artículo 216 de la organización común de mercados. A partir de esa reforma, los Gobiernos nacionales pueden solicitar a Bruselas permiso para financiar no solo la destilación, sino también la vendimia en verde y el arranque de viñedos en casos de crisis de mercado debidamente justificados.

La nueva regulación concreta cuándo puede entenderse que existe una crisis, qué vinos y qué zonas pueden quedar cubiertos, quién puede cobrar las ayudas y cómo deben calcularse sus importes máximos. También fija reglas para que estas medidas no entren en contradicción con otras intervenciones de la Política Agraria Común en la misma zona de producción.

La Comisión parte de una diferencia de fondo entre las tres herramientas. La destilación y la vendimia en verde buscan retirar excedentes del mercado o impedir que ese vino llegue a producirse antes de la vendimia, por lo que están pensadas para episodios de sobreoferta de carácter coyuntural que causen, o amenacen con causar, perturbaciones en el mercado. El arranque permanente de viñedos productivos tiene otra finalidad: corregir desequilibrios entre oferta y demanda de carácter estructural y de más largo plazo.

La norma permite que los Estados apliquen estas medidas a escala nacional o regional y que las limiten a una o varias clases de vino y a uno o varios tipos de color. La Comisión justifica esa flexibilidad por la fuerte segmentación del mercado del vino en la Unión. Las clases contempladas son los vinos con denominación de origen protegida, los vinos con indicación geográfica protegida y los vinos sin indicación geográfica. En cuanto al color, las referencias son vino tinto, rosado y blanco.

Para autorizar ayudas a la destilación o a la vendimia en verde, el Estado miembro deberá acreditar que, en la categoría de vino afectada y en la zona a la que se quiera aplicar la medida, concurre al menos una de varias situaciones de mercado. La primera es un aumento claro de las existencias de vino en origen en comparación con la media de los cinco años vitivinícolas anteriores en la misma fecha del año o, como alternativa, con la media de esos cinco años excluyendo el valor más alto y el más bajo. La segunda es una caída marcada del precio medio de mercado en origen en los seis meses anteriores frente a la media de los cinco años previos, o frente a esa misma media recortada. La tercera es una reducción acumulada de las ventas en el año de comercialización en curso respecto a la media del mismo periodo de los cinco años anteriores, siempre que ese descenso no se deba a una menor producción.

En el caso de la vendimia en verde, solo podrán recibir la ayuda los viticultores cuyas explotaciones incluyan exclusivamente viñedos plantados con autorización conforme a la legislación de la Unión y a la normativa nacional. Para la destilación, podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que produzcan o comercialicen vino, las organizaciones de productores de vino y sus asociaciones, las agrupaciones de dos o más productores y los destiladores de productos de la uva.

La Comisión añade una cautela para la destilación: si quien cobra la ayuda no es el productor de vino, el Estado miembro tendrá que garantizar que el beneficio económico de la medida llegue al viticultor o elaborador afectado. Además, solo podrá recibir apoyo público el vino originario de la Unión que cumpla los requisitos legales de comercialización y, cuando proceda, las especificaciones de los vinos amparados por denominación de origen o indicación geográfica.

El reglamento también fija límites a la cuantía de las ayudas. Para la vendimia en verde, la ayuda máxima por hectárea no podrá superar la suma de tres conceptos. El primero son los gastos directos de retirada o destrucción total de los racimos inmaduros, que cada Estado deberá calcular con costes estándar representativos. El segundo es una compensación de hasta el 50% del valor medio de la uva producida en la misma zona durante los tres años vitivinícolas anteriores, calculado a partir de rendimientos medios y precios medios de la uva para las categorías de vino y los colores cubiertos, una vez descontados los gastos medios de vendimia. El tercero es un incentivo de hasta el 20% de la suma de esos dos importes.

Para la destilación, la ayuda máxima por hectolitro del vino admisible tampoco podrá rebasar la suma de tres elementos. Por un lado, los gastos de destilación calculados por el Estado con costes estándar representativos. Por otro, una compensación de hasta el 50% del precio medio de mercado registrado en los seis meses anteriores para las clases y colores de vino cubiertos por la medida dentro de su ámbito geográfico. A ello podrá añadirse un incentivo de hasta el 20% del total de ambas partidas.

La regulación introduce además una condición pensada para evitar que la destilación y la vendimia en verde se conviertan en una salida repetida en zonas con exceso estructural de oferta. Cuando un Estado quiera seguir recurriendo a estas medidas en áreas afectadas por ese problema de forma recurrente, deberá actuar también sobre sus causas de fondo. Para ello, la Comisión prevé que las nuevas autorizaciones para destilación y vendimia en verde vayan ligadas a la aplicación simultánea del arranque voluntario de viñedos productivos y a las condiciones previstas en el reglamento 2021/2115 para las intervenciones de reestructuración y reconversión hacia nuevas variedades. El objetivo es evitar que esas actuaciones terminen elevando la producción en territorios donde ya existe un desajuste prolongado entre oferta y demanda.

La norma obliga igualmente a los Estados miembros a remitir a la Comisión información suficiente para justificar sus solicitudes de autorización y establece obligaciones de notificación para asegurar una aplicación homogénea dentro de un plazo anual. Bruselas sostiene que ese marco común es necesario para que el sistema funcione de forma ordenada y con reglas comparables entre países.

Para el sector de bebidas, esta regulación tiene un efecto directo sobre el vino y puede influir en otras fases de la cadena. Define con más precisión cuándo puede retirarse vino del mercado, cuándo puede frenarse la cosecha antes de la recogida y en qué casos puede promoverse el arranque de viñedos. Eso puede alterar el volumen disponible, el destino de parte de la producción hacia alcohol de destilación y la planificación de bodegas y viticultores, con efectos potenciales sobre precios, márgenes y decisiones de oferta en campañas de tensión comercial.

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