El Consejo Regulador de Rioja autoriza el riego del viñedo antes de la vendimia
El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja, que se ha reunido en pleno, ha informado sobre la incorporación al reglamento de la autorización del riego de viñedo para mantener el equilibrio de la planta a lo largo de su ciclo vegetativo
Logroño
Viernes 02 de Agosto de 2013
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Según se explica en una nota que recogemos en Vinetur, su práctica durante el periodo comprendido entre el 15 de agosto y la vendimia se realizará exclusivamente con sistemas localizados, como el "riego por goteo", y requerirá su comunicación por escrito con una antelación mínima de 24 horas a los Servicios de Inspección del Consejo Regulador.
El Consejo ha precisado que, durante este periodo, también podrá realizarse el riego mediante el sistema de aspersión, previa autorización de los Servicios de Inspección; mientras que queda expresamente prohibida en ese periodo de tiempo la práctica del riego por cualquier otro método.
Este es uno de los asuntos que se han tratado este viernes en el pleno, ya que, según ha indicado, los debates de los últimos años sobre la utilización del riego como una práctica de cultivo con gran influencia en la calidad final de las uvas producidas han provocado la adopción de medidas orientadas a garantizar esa calidad bajo nuevos planteamientos.
Según el mismo comunicado, el artículo 9 de la Ley 24/2003 de la Viña y del Vino señala que la norma particular de cada Denominación de Origen podrá establecer la forma y condiciones en que esté autorizado el riego en su zona de producción.
A ello suma las modalidades de aplicación, incidiendo en que se tenga en cuenta el principio de que estas prácticas tiendan a mantener el equilibrio del potencial vegetativo de la planta con el ecosistema clima-suelo, a fin de obtener productos de alta calidad.
El Consejo Regulador desarrolla unas normas de obligado cumplimiento para todos los inscritos, en uso de las facultades que le confiere el artículo sexto de su Reglamento, en el que se dice que, "con carácter general, las prácticas de cultivo tenderán a optimizar la calidad de las producciones".
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